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“Aquí no importa cuántas son las publicaciones, es como si a una persona la asesinan con cinco tiros y solamente un tiro la mata, finalmente la conducta reprochable se genera, y eso es lo que la sentencia recoge desde el punto de vista constitucional”
Santiago de Cali, diciembre 22 de 2025. El fallo emitido por la Corte Constitucional ordenando al diputado Jonhy Fernando Acosta a corregir, retractarse y eliminar de sus redes sociales los mensajes que contenían información falsa o injuriosa en contra de la Gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, no solo protege los derechos de la mandataria, sino que también traza una importante ruta en favor de los derechos de las mujeres en política. 

De acuerdo con la Corte Constitucional, se redefinen los límites entre el legítimo control político y la violencia política basada en género, generando un precedente sin antecedentes en el país.

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La sentencia, derivada de una tutela interpuesta por la mandataria por ataques a su honra y buen nombre durante los años 2023 y 2024, ordena al diputado Jonhy Fernando Acosta cumplir con el fallo, en un plazo máximo de 48 horas desde su notificación del fallo. Esta es la primera vez en Colombia que un diputado recibe una orden perentoria de esta naturaleza por violencia política digital.

“La Corte Constitucional ha protegido el derecho al buen nombre y a la honra de la gobernadora Dilian Francisca, pero también, ha dejado un precedente de lo que significa el control político y la violencia política contra la mujer. Con esta sentencia vamos a instaurar todas las denuncias que correspondan bajo la Ley 2453, porque en el 2025 se han exacerbado las violencias en su contra”, afirmó Liza Rodríguez, secretaria General del Valle del Cauca.

La funcionaria recordó que, durante años, las mujeres políticas denunciaron sin ser escuchadas. “Hoy, gracias a la Ley 2453, existen canales institucionales para denunciar la violencia sistemática, y este fallo es un llamado a respetar el derecho a participar en condiciones de igualdad en el ámbito político”.

Por su parte, la directora del Departamento Jurídico del Valle del Cauca, Diana Lorena Vanegas, explicó que la sentencia no solo ordena rectificación, sino que advierte sanciones estrictas si el diputado incumple con la orden.

“Este es un fallo que obliga al actor político a corregir, mitigar y subsanar las afirmaciones realizadas contra la doctora Dilian Francisca Toro. Aquí no importa si fueron una o cien publicaciones: cuando se vulnera un derecho fundamental, se configura una violación automática”, agregó Vanegas, tras detallar que, “es como si a una persona la asesinan con cinco tiros y solamente un tiro la mata, finalmente la conducta reprochable se genera, se causa, y precisamente, eso es lo que la sentencia recoge desde el punto de vista constitucional, pero además también, desde el punto de la Ley 2453, que protege los derechos de la mujer en política”.

Desde la Gobernación del Valle del Cauca se reitera el compromiso con la defensa de la honra, la dignidad y la participación política de las mujeres, por lo que se seguirá activando los mecanismos que ofrece la Ley 2453 de 2025 para enfrentar la violencia política basada en género.

 

Michelle Chavaco
Periodista Gobernación del Valle del Cauca

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