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La Administración del médico Jorge Iván Ospina expidió el Decreto No. 0507 de julio 16 de 2021 “por el cual se adoptan medidas regulatorias con el fin de preservar el orden público en el Distrito especial, deportivo, cultural, turistico, empresarial y de servicios de Santiago de Cali, en el marco de las manifestaciones públicas previstas para el 20 de julio.

Por tanto, se prohíbe la circulacion de volquetas y demás vehículos de transporte terrestre automotor de carga, a partir de las 18:00 horas del día 19 de julio y hasta las 5:00 horas del día 21 de julio de 2021; lo mismo que el transporte y disposicion de escombros en las vías públicas, inmuebles y lotes particulares, transporte de cilindros de gas y mudanzas, en el mismo horario.

Mientras que los días lunes 19 y martes 20 de julio, desde las 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, se prohíbe el expendio y/o consume y transporte de bebidas embriagantes.

Habrá vigilancia especial para el estricto cumplimiento de la medida temporal de restricción a la circulación del acompañante hombre en motocicleta, cuya edad sea igual o mayor de catorce (14) años, durante las veinticuatro (24) horas del día y se mantendrá activo las 24 horas del día el Puesto de Mando Unificado – PMU, ya que está prohibido el porte de todo tipo de armas contundentes, corto contundentes, corto punzantes, punzantes, y similares que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas.

En lo relacionado con la suspensión de permisos para el porte de armas de fuego, se acogerá lo dispuesto por las autoridades militares, a quienes corresponde adoptar la medida para prevenir posibles alteraciones del orden público.

En alerta roja se mantendrá la Red Hospitalaria, con el fin de garantizar la atencion medica ante eventualidades que requieran la atención inmediata por parte de las autoridades de tránsito, entidades de asistencia y atención de emergencias, como la Defensa Civil, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos, entre otras.

Los centros hospitalarios, cualquiera que sea su naturaleza, adoptarán las medidas necesarias para garantizar la prestación de los servicios de salud durante el período a que se contraen las medidas adoptadas en el presente Decreto, para lo cual se obligarán a reportar cualquier eventualidad que sobrepase la capacidad de respuesta.

El gobierno municipal insta a todas las personas que participen de las manifestaciones públicas pacíficas y demás eventos, a la observancia de un comportamiento de corresponsabilidad, autocuidado y de cultura ciudadana frente al acatamiento de las normas sanitarias y de bioseguridad, que permitan conservar las condiciones de salud pública en beneficio de toda la ciudadanía, obrando conforme al principio de solidaridad social, el respeto a los derechos ajenos y demás deberes y obligaciones que impone el artículo 95 de la Constitucion Política.

Quienes infrinjan estas disposiciones serán sujetos a los medios de policía y/o a las medidas correctivas contempladas en la Ley 1801 de 2016 para este tipo de comportamientos, y de las demas dispuestas en el mismo ordenamiento si a ello hubiera lugar, a través del procedimiento establecido para tal fin; sin perjuicio de lo establecido en las demás normas que regulen la materia.

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